La Ley N° 21.832 incorpora cobertura de salud mental y extiende las prestaciones médicas a cadetes y brigadieres desde los 14 años durante actividades de formación y capacitación.
Bomberos de Chile presentó los alcances de la Ley N° 21.832, que amplía la protección médica y económica para sus voluntarios e incorpora a cadetes y brigadieres desde los 14 años. La normativa también reconoce expresamente la salud mental como parte de las prestaciones para quienes sufran accidentes o enfermedades vinculadas a actividades bomberiles.
El anuncio se realizó durante el hito “Cuidar a quienes cuidan a Chile”, desarrollado en la cancha interior de la Cuarta Compañía del Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa. Bomberas, bomberos y brigadieres explicaron los principales cambios mediante ejercicios pedagógicos.
La actividad contó con la participación del presidente nacional de Bomberos de Chile, Juan Carlos Field; el subsecretario general de Gobierno, José Francisco Lagos; y el diputado Cristián Araya, expresidente e integrante de la Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos. También asistieron representantes de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), del Directorio Nacional y del Cuerpo de Bomberos de Ñuñoa.
Más actividades quedan protegidas
La nueva legislación amplía las situaciones que serán consideradas como actos de servicio. La protección ya no se limita a emergencias, rescates y salvamentos, sino que incorpora capacitaciones y entrenamientos realizados en Chile y el extranjero.
También contempla acuartelamientos, guardias, actividades institucionales, tareas administrativas y determinados trabajos desarrollados en los cuarteles.
Juan Carlos Field destacó que la reforma entrega mayor respaldo a los voluntarios y a quienes recién comienzan su formación.
“Esta modernización amplía la protección de los bomberos accidentados en actos de servicio e incorpora a cadetes y brigadieres durante sus actividades de formación y capacitación. Esto entrega tranquilidad a quienes comienzan su camino bomberil y, especialmente, a sus familias. También fortalece la cobertura de gastos médicos y la atención de salud mental. Cuando la CMF dicte la normativa correspondiente, informaremos sus alcances a todos los Cuerpos de Bomberos del país”.
Salud mental se incorpora a la cobertura
Uno de los principales cambios de la ley es la incorporación expresa de la salud mental entre las prestaciones cubiertas.
Previa derivación médica, se podrán financiar hasta 30 sesiones de atención. Si se requiere un tratamiento más prolongado, la normativa contempla la posibilidad de autorizar controles, medicamentos, exámenes, traslados y otros procedimientos por periodos de hasta tres años.
El subsecretario general de Gobierno, José Francisco Lagos, valoró esta ampliación de la cobertura.
“Esta ley entrega una señal clara: el Estado y la sociedad deben cuidar a quienes cuidan a Chile. La ampliación de la protección en salud y la incorporación expresa de la salud mental son esenciales para resguardar integralmente a quienes prestan este servicio”.
Lagos también destacó que la reforma entrega mayor tranquilidad a las familias de los jóvenes que integran las brigadas, quienes contarán con protección ante accidentes ocurridos durante su formación.
Cadetes y brigadieres desde los 14 años
La ley también incorpora a cadetes y brigadieres desde los 14 años que estén inscritos en el Registro Nacional de Bomberos.
Estos jóvenes tendrán derecho al financiamiento íntegro de los gastos médicos derivados de accidentes ocurridos durante las actividades de formación y capacitación contempladas por la normativa.
El diputado Cristián Araya destacó el papel de las brigadas juveniles en la formación de las nuevas generaciones de bomberos.
“Incorporar a las brigadas juveniles y fortalecer la cobertura de salud mental son avances cruciales. Las brigadas transmiten valores y son el lugar donde nace la vocación bomberil. Respaldarlas significa cuidar el futuro de la institución y realizar una contribución concreta al país”.
¿Cuándo comenzarán a regir los nuevos beneficios?
Los nuevos beneficios entrarán en vigencia una vez que la Comisión para el Mercado Financiero dicte la Norma de Carácter General que establecerá el procedimiento para acceder a las prestaciones.
La CMF cuenta con un plazo de 180 días desde la publicación de la ley, realizada el 7 de agosto de 2026. El plazo vence el 3 de febrero de 2027.
Las nuevas disposiciones se aplicarán a los accidentes o enfermedades que ocurran después de la entrada en vigencia de la normativa.






