El MTT informó que la Ley N° 21.837 crea permisos provisorios para vehículos de competición deportiva, evitando la necesidad de aprobar leyes especiales para cada evento y manteniendo medidas de seguridad vial.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) informó un nuevo cambio normativo que facilitará la circulación de vehículos que participan en carreras y competencias deportivas motorizadas por vías y caminos públicos.
La medida fue anunciada en el marco del lanzamiento del Rally Chile Biobío y establece un mecanismo permanente para autorizar el desplazamiento de estos vehículos durante competencias deportivas, reemplazando la necesidad de recurrir a leyes especiales para cada evento.
La Ley N° 21.837 permite que los municipios otorguen permisos provisorios para estos vehículos. Para acceder a ellos, la competencia deberá contar con la autorización correspondiente y ser organizada o patrocinada por una federación.
Un permiso con vigencia acotada
Los nuevos permisos tendrán una vigencia máxima de dos meses y se aplicarán exclusivamente a vehículos que participen en actividades deportivas autorizadas de acuerdo con el artículo 164 de la Ley de Tránsito.
La normativa establece, además, un límite general de cinco permisos por persona jurídica, con el objetivo de mantener acotado el uso de esta autorización.
“Estamos ante un cambio relevante para los organizadores y participantes de este tipo de eventos de competición, ya que hasta ahora cada vez que se organizaba una actividad de este tipo, como por ejemplo un rally, se debían generar leyes excepcionales que autorizaban la circulación temporal de estos vehículos”, explicó el subsecretario de Transportes, Martín Mackenna.
La autoridad destacó que la nueva normativa entrega una solución permanente para este tipo de competencias. “Con este cambio se entrega una solución permanente que entrega estabilidad jurídica, terminando con la generación de leyes momentáneas”, señaló.
Seguridad vial como requisito
El cambio normativo también incorpora medidas específicas para resguardar la seguridad vial durante la circulación de los vehículos de competición.
Entre ellas se contempla el control preventivo de Carabineros de Chile en las rutas, fechas y horarios autorizados. De esta manera, la circulación queda vinculada directamente al desarrollo de las competencias previamente autorizadas.
Los vehículos también deberán cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 164 de la Ley de Tránsito, entre ellas contar con el seguro de accidentes personales y la autorización específica del evento.
La duración limitada de los permisos permite, además, restringir la circulación de los vehículos al contexto y período de las competencias autorizadas.
Una solución permanente para las competencias
La modificación busca entregar mayor certeza a organizadores y participantes de actividades como el rally, evitando que cada competencia requiera una legislación particular para permitir el desplazamiento de los vehículos por caminos públicos.
La iniciativa fue promovida durante su tramitación por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y contó con el impulso de las diputadas Joanna Pérez y Marlene Pérez; los diputados Felipe Camaño, Héctor Ulloa y René Alinco Bustos; y los exdiputados Miguel Ángel Calisto, Jorge Saffirio, Víctor Pino, Fernando Bórquez y Hugo Rey.
Con la entrada en vigencia de esta normativa, los vehículos que participan en competencias deportivas motorizadas cuentan con un mecanismo legal permanente para su circulación, sujeto a permisos, plazos y medidas de seguridad definidos por la nueva legislación.






