Nuevos prefijos 600 y 809 para llamadas comerciales en Chile

Desde esta semana, todas las llamadas comerciales en Chile deben identificarse con prefijos que indiquen si fueron solicitadas o no.

Desde este miércoles, todas las llamadas comerciales en Chile deben incorporar un prefijo que indique su naturaleza: 600 para aquellas solicitadas por el cliente y 809 para las no solicitadas, como campañas de promoción o ventas. La medida, impulsada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL), busca fortalecer la transparencia y proteger los derechos de los consumidores frente a comunicaciones no deseadas.

Según David Iacobucci, gerente general de Redvoiss, la nueva regulación impacta directamente a las empresas que realizan campañas publicitarias telefónicas. “El plazo oficial para implementar los cambios venció el 7 de agosto, lo que implicó adecuar centrales telefónicas y plataformas de llamadas automatizadas para diferenciar ambos tipos de comunicación”, explicó.

El ejecutivo recalcó que no se trata solo de cumplir una exigencia legal, sino de mejorar la relación con los clientes en un mercado donde los consumidores son cada vez más exigentes. “Las compañías deben adaptarse y aprovechar esta oportunidad para construir interacciones más transparentes y efectivas”, agregó.

Redvoiss sugiere a las organizaciones:

Revisar sus políticas de privacidad y mecanismos de captación de datos.

Confirmar que sus herramientas telefónicas soporten los nuevos prefijos.

Evaluar su operación si utilizan contact centers internacionales.

Capacitar al personal en gestión ética de datos y cumplimiento normativo.

Un cambio en un entorno regulatorio más estricto

Esta modificación se enmarca en un contexto de mayores exigencias legales, como la Ley 21.719 de Protección de Datos Personales, que entrará en vigor en diciembre de 2026. Esta normativa exigirá consentimiento explícito para el uso de datos, garantizará el derecho a la portabilidad de la información y contemplará multas de hasta 20.000 UTM por cada incumplimiento.

En caso de no acatar la regulación vigente, las empresas se arriesgan a sanciones que van desde amonestaciones hasta multas de 5 a 5.000 UTM.

Isabel Chandía

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