
La propuesta incluye nuevas exigencias, actualización de normas para cascos y medidas para mejorar la seguridad vial.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) abrió a consulta pública la actualización del Decreto Supremo N° 102, que regula las condiciones de tránsito de los ciclos y las especificaciones de sus elementos de seguridad. El proceso estará disponible hasta el 12 de octubre, e invita a la ciudadanía y actores del sector a revisar y comentar la propuesta.
El documento busca modernizar la normativa vigente, incorporando aspectos propios de la movilidad activa y regulaciones asociadas al crecimiento sostenido del uso de ciclos eléctricos en Chile y el mundo.
Entre los cambios más relevantes, se establece que los importadores de ciclos con motor eléctrico deberán acreditar formalmente sus especificaciones técnicas cuando la potencia sea igual o menor a 250 W. Esta medida permitirá un mayor control de seguridad y se apoyará en estándares ya aplicados en distintos países.
En paralelo, la propuesta incorpora una actualización de las normas de cascos, ampliando el catálogo actualmente permitido. A las certificaciones europeas se suman estándares internacionales como la norma neerlandesa NTA-8776 y las norteamericanas utilizadas en BMX (ASTM), con el fin de reforzar la seguridad vial tanto en ciclos eléctricos como tradicionales.
Asimismo, se promueve la generación de proyectos de ciclovías de alto estándar, exigiendo desde la etapa de anteproyecto soluciones para intersecciones críticas. Además, se extiende de 3 a 5 años la vigencia de las autorizaciones de las SeremiTT, facilitando la continuidad de iniciativas regionales.
El reglamento también introduce mayor flexibilidad en la segregación de espacios destinados a ciclos, con el objetivo de favorecer una movilidad más eficiente y segura.
La propuesta se complementa con la reciente consulta pública sobre vehículos de movilidad personal y puede revisarse en el sitio oficial del MTT: subtrans.gob.cl
Tras el cierre del proceso, el reglamento seguirá su tramitación para ser dictado, tomado de razón y publicado en el Diario Oficial. Su implementación contemplará un periodo de 180 días corridos para su adecuada entrada en vigencia.







