Norma SES, una regulación de la Superintendencia de Educación Superior refuerza la protección de estudiantes de la salud, establece obligaciones para instituciones y promueve entornos formativos seguros
Desde el 1 de enero de 2026 entró en régimen la nueva Norma de Carácter General sobre Sana Convivencia y Protección de la Salud Mental en Campos Clínicos, dictada por la Superintendencia de Educación Superior (SES), con el objetivo de resguardar el bienestar físico y psicológico de las y los estudiantes de carreras del área de la salud que realizan prácticas clínicas en establecimientos asistenciales.
La normativa establece obligaciones concretas para universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica que imparten carreras del ámbito de la salud y desarrollan prácticas clínicas en el marco de convenios asistenciales docentes, tanto en recintos públicos como privados.
Esta regulación surge en un contexto marcado por el aumento de reclamos y denuncias por hostigamiento docente, acoso académico y problemas de convivencia en campos clínicos, situaciones que han tenido un impacto directo en la salud mental del estudiantado.
La problemática adquirió especial relevancia pública tras la muerte de la estudiante de terapia ocupacional Catalina Cayazaya, caso que permitió visibilizar la alta criticidad de ciertas prácticas formativas y la urgencia de contar con estándares claros de protección y prevención.
La dictación de la norma se alinea con el diagnóstico del informe “Bienestar Universitario, Claves para la Convivencia y la Salud Mental”, elaborado por el Consejo de Rectoras y Rectores de las Universidades Chilenas (CRUCH), el cual advierte que un 33% de los estudiantes universitarios enfrenta actualmente problemas de salud mental.
Durante su elaboración, la SES contó con la colaboración de organizaciones estudiantiles, instituciones de educación superior, asociaciones académicas y organismos públicos del sector salud, y recibió 79 observaciones en su proceso de información pública, lo que permitió fortalecer su enfoque preventivo y operativo.
La nueva regulación será aplicable a programas del área de la salud y carreras afines, que en conjunto concentran una matrícula aproximada de 295 mil estudiantes, equivalente al 23% del total del sistema de educación superior en Chile.
Principales exigencias de la nueva norma
Entre las obligaciones más relevantes, la normativa establece que las instituciones deberán:
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Garantizar protección física y psicológica a víctimas y denunciantes.
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Asegurar investigaciones internas oportunas, con debido proceso.
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Fortalecer la prevención, mediante capacitación obligatoria del cuerpo docente clínico.
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Disponer de canales únicos de denuncia, incluyendo opciones anónimas.
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Suscribir convenios asistenciales docentes con cláusulas obligatorias en materia de convivencia y salud mental.
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Reportar semestralmente a la SES las denuncias recibidas y las medidas adoptadas.
Adicionalmente, la Superintendencia aplicará una encuesta anual sobre clima formativo y salud mental en campos clínicos.
El superintendente de Educación Superior, José Miguel Salazar, destacó que “esta norma establece un estándar de protección y acompañamiento que no existía hasta ahora y marca un énfasis en materia preventiva”, agregando que permitirá avanzar hacia entornos formativos más seguros, respetuosos y compatibles con el bienestar del estudiantado.
Por su parte, la fiscal de la SES, Daniella Maureira, valoró la disposición de las instituciones para adaptarse a las nuevas exigencias. “Hemos constatado que muchas instituciones iniciaron tempranamente procesos de capacitación dirigidos a profesionales de la salud que ejercen docencia en campos clínicos, incorporando herramientas pedagógicas que fortalecen una enseñanza más efectiva, pertinente y significativa”, señaló.
Con esta nueva normativa, la Superintendencia de Educación Superior busca elevar los estándares de convivencia, protección y salud mental, asegurando que la formación de futuros profesionales de la salud se desarrolle en espacios seguros, dignos y respetuosos, acordes a la responsabilidad social que implica su ejercicio profesional.








