Municipalidad de Santiago presenta recurso de reposición por construcción de nueva cárcel en la comuna

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Municipalidad de Santiago presenta recurso de reposición por construcción de nueva cárcel en la comuna Foto: Poder Judicial

La nueva acción judicial de la administración del alcalde Mario Desbordes busca que el tribunal de alzada enmiende la reciente resolución, y en caso de que se rechace esta reposición, sea la Corte Suprema la que revise la resolución impugnada. Para la Municipalidad de Santiago, el recurso de protección es la vía idónea y cumple con los requisitos normativos exigidos para ser declarado admisible.

La Municipalidad de Santiago, a través de la Dirección Jurídica municipal, encabezada por el abogado José Ignacio Pinochet Olave, interpuso ante la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de reposición con apelación en subsidio, ante la declaración de inadmisibilidad que hizo la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago el pasado 22 de enero del recurso que pretende impedir la construcción de una nueva cárcel en la comuna.

Tras conocerse la inadmisibilidad del recurso de protección, el alcalde Desbordes afirmó: “Vamos a hacer todas las acciones judiciales que sean posibles, vamos a pedir que se detenga la construcción si es que se inician los procesos, vamos a hacer todo lo necesario para que esa cárcel no se construya porque estamos convencidos que técnicamente no corresponde una cárcel de alta seguridad en ese lugar, y además estamos convencidos de que el proceso no está correcto. El gobierno está construyendo una nueva cárcel, no la ampliación de una cárcel anterior, y por lo tanto los procedimientos que se están usando por parte del ministerio de Vivienda son completamente ilegales”.

 

Nuevo recinto y no ampliación

El nuevo recurso judicial presentado por la municipalidad reitera que el proyecto del Ejecutivo se trata de “la construcción de un nuevo recinto penitenciario y no una ampliación de la cárcel ya existente” y ahonda en que la resolución del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que aprobó la modificación del plan regulador de la comuna que permite la ampliación de la cárcel Santiago 1 “carece de razonabilidad y argumentación lógica en lo que respecta a la conclusión y calificación del proyecto penitenciario a título de ‘ampliación’”.

La Dirección Jurídica municipal observa que “la calificación del ‘nuevo recinto especial de alta y máxima seguridad’, como fue descrito por el Presidente de la República en su última cuenta pública como una ‘ampliación’ y no como una ‘nueva cárcel’ permitiría al Estado violar flagrantemente el inciso 3°, del artículo 1° de la Ley 21.636 que mandata perentoriamente que al tratarse de recintos penitenciarios nuevos ‘no se podrá aprobar la propuesta de modificación de un plan regulador para la construcción de un recinto penitenciario nuevo si los informes (de la Municipalidad y del Gobierno Regional) no aprobaren su construcción’”. Además, vulneran normas ambientales, ya que no obliga el ingreso del proyecto al Servicio de Evaluación Ambiental (SEIA).

 

Vulneración constitucional

El texto presentado acusa que “todo lo anterior, constituye una vulneración flagrante a las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación e igualdad ante las cargas públicas de los vecinos de la comuna de Santiago”.

El recurso se ampara en el artículo 20 de la Constitución Política de la República que establece la protección ante actos u omisiones ilegales o arbitrarios de terceros, que amenacen, perturben o priven a un agente del legítimo ejercicio de las garantías constitucionales. “A mayor abundamiento, la decisión judicial que se impugna ha sido acordada con el voto en contra de la ministra señora Araya, quien estuvo por admitir a tramitación la acción constitucional, teniendo para ello presente que se mencionan hechos que pueden constituir vulneración a las garantías constitucionales indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República”, afirma el texto.

Además, se desconoció un informe técnico municipal respecto a la mencionada construcción. “De no haberse infringido el inciso 3°, del artículo 1° de la Ley 21. 636 por parte del MINVU, en orden a que existe un informe técnico desfavorable por parte de la I. Municipalidad de Santiago, los vecinos de la comuna no estarían situados actualmente en un escenario de agravio e indefensión de sus garantías constitucionales de los numerales 2, 8 y 20 del artículo 19 de la Carta Fundamental”, resalta la nueva acción judicial.

Apelando a la preocupación de los vecinos, que rechazan absolutamente el nuevo proyecto y temen por su seguridad, el recurso de reposición argumenta que “se trata de una situación que se mantiene en la actualidad, persistiendo en el tiempo. Es decir, hasta la fecha de presentación de este recurso, la comuna de Santiago se sitúa en un plano de indefensión absoluta sin poder acceder a la tutela judicial efectiva garantizada por la Constitución Política de la República. De esta manera, esta Ilustrísima Corte se encuentra en posición material y jurídica de poder restablecer el imperio del derecho, permitiendo que los vecinos de la comuna de Santiago no sigan viendo amagados sus derechos indubitados y preexistente”.

La Dirección Jurídica municipal recordó un caso tramitado en la Tercera Sala de la Corte Suprema que declaró admisible un recurso de apelación contra una resolución que declaró inamisible una acción de protección ante hechos que eventualmente vulneraban garantías constitucionales del artículo 20 de la Constitución Política.

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Prensa Portal Metropolitano

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