La normativa fortalece los requisitos de salud para la obtención de licencias de conducir y aumenta las sanciones por declaraciones falsas.
En cuanto a su aplicación, la mejora en las coberturas de los Seguros Obligatorios de Accidentes Personales (SOAP) será el primer elemento en entrar en vigencia, a la espera del reglamento que regulará los procedimientos en los gabinetes de las direcciones de tránsito.
Tras su publicación en el Diario Oficial, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) informó el inicio del proceso de implementación de la denominada Ley Jacinta, normativa que introduce una serie de modificaciones orientadas a fortalecer la seguridad vial, estandarizar procedimientos administrativos y ampliar derechos en materias asociadas a tránsito, seguros y relaciones laborales.
En específico, la norma modifica distintos cuerpos normativos, entre ellos la Ley de Tránsito, el Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) y el Código del Trabajo, estableciendo una entrada en vigencia progresiva, de acuerdo con la naturaleza de cada cambio.
Precisamente, el primer cambio que se verá reflejado con la norma, es el incremento de los montos de indemnización del SOAP, los cuales se duplicarán, respecto a los antiguos valores. En particular, pasarán de 300 a 600 UF, en caso de muerte; de 300 a 600 UF, en caso de incapacidad permanente total; de 200 a 400 UF, en caso de incapacidad permanente parcial; y de 300 a 600 UF, para gastos médicos, hospitalarios, quirúrgicos, farmacéuticos y de rehabilitación.
Dichos cambios, por tanto, entrarán en vigencia desde la publicación de la ley, aplicándose al actual proceso de renovación de permisos de circulación.
“Sin duda, nos enorgullece enormemente estar iniciando la implementación de la ley, la cual nace de un episodio doloroso, como lo fue el fallecimiento de la pequeña Jacinta González. Pero hoy, gracias al esfuerzo de su familia, sumado al apoyo del parlamento, estamos dando pasos concretos para fortalecer la seguridad vial, tanto desde el momento de obtener la licencia de conducir, hasta incluso, para responder de forma más efectiva, frente a la ocurrencia de un siniestro”, indicó el ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz.
Por su parte, Ignacio González, padre de Jacinta, quien agradeció el apoyo del Gobierno, de los parlamentarios y del MTT, en especial del ministro Muñoz, sostuvo que “desde hoy (la Ley Jacinta) sirve de escudo protector a todos los niños, padres, madres, abuelos que transiten por nuestras calles. Y por lo mismo, es una ley muy humana que busca la prevención de pérdida de vidas, y en el caso que lamentablemente pase, acompañarlos de una parte mucho más humana, con apoyo laboral y financiero”.
“También hay que señalar que esta ley no busca perseguir a nadie, sino que, todo lo contrario, es protección a la ciudadanía, donde se ocupa de que cada persona que esté detrás de un volante o un manubrio sea idónea para ello. Y eso es un acto para nosotros de responsabilidad civil con la comunidad y amor propio a nuestras familias”.
Próximas modificaciones en Direcciones de Tránsito y sanciones
Otros aspectos que se incorporarán con la Ley Jacinta, apuntan directamente al fortalecimiento de las exigencias para acreditar la idoneidad física y psíquica de quienes postulan u obtienen licencias de conducir, incorporando la obligación de suscribir una declaración jurada, mediante la cual la persona deberá informar que no padece enfermedades inhabilitantes o restrictivas para la conducción. Este documento será complementario al examen médico que actualmente se realiza en las direcciones de tránsito municipales.
Asimismo, declarar falsamente no padecer una condición de salud inhabilitante pasa a constituir una infracción grave, incorporándose como sanción adicional la cancelación de la licencia de conducir, reforzando así el carácter preventivo de la medida.
Para dichos cambios, la ley mandata la elaboración de un reglamento, a cargo del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual deberá dictarse dentro de un plazo de doce meses desde la publicación de la norma, teniendo como estandarizar los procedimientos de evaluación médica que hoy realizan las direcciones de tránsito, estableciendo un modelo único, con reglas claras y homogéneas, aplicable en todo el país.
Cabe señalar que, una vez publicado el reglamento, las modificaciones a la Ley de Tránsito comenzarán a regir prácticamente 3 meses (90 días) después de dicho trámite.
Otras disposiciones relevantes
La normativa también introduce ajustes en materia de seguridad vehicular, permitiendo que ciertos vehículos —como los de transporte de personas o carga— puedan incorporar cámaras y monitores u otros dispositivos tecnológicos que cumplan la función de los espejos laterales, actualizando así la legislación a los estándares tecnológicos actuales.
Adicionalmente, la ley incorpora cambios al Código del Trabajo, creando un fuero laboral de un mes para trabajadores que sufran la pérdida de un hijo, hija, cónyuge o conviviente civil, incluyendo contratos a plazo fijo o por obra o servicio.






