La Contraloría General de la República, cursa un reglamento que establece la metodología para calificar funerales de riesgo.
Establece un canal para que cualquier ciudadano pueda denunciar un funeral que pueda alterar el orden público.
El reglamento se dictó en cumplimiento de la ley 21.717.
La Contraloría General de la República (CGR), tomó razón el 21 de marzo, del decreto N°56 de 2025, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Este establece la metodología y antecedentes para calificar un funeral de riesgo, así como otras materias relacionadas con la ley 21.717.
El reglamento define a los funerales de riesgo como aquellos en los que existan circunstancias que permitan presumir fundadamente, que su realización representa una amenaza o peligro para la seguridad y el orden público.
Lo que será señalado por el respectivo delegado o delegada Presidencial Regional, ordenando que la inhumación o cremación se realice dentro del plazo de 24 horas desde su notificación.
Para ello
Deberá tomar en cuenta un informe técnico elaborado por Carabineros de Chile.
En este, se detallarán los antecedentes delictuales del fallecido y las circunstancias del deceso.
Asimismo, deberá requerir información a la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) y a Gendarmería.
El reglamento
Establece la prohibición de ingresar al cementerio con elementos que puedan utilizarse para provocar lesiones, daños, alterar la normalidad del funeral o entorpecer vías de evacuación.
Además, faculta a la policía para realizar narcotest y alcoholemia a los participantes.
En caso de negarse, se les podrá impedir el ingreso.
La inhumación o cremación debe realizarse dentro de las 24 horas desde la notificación de la resolución de calificación de funeral de riesgo.
Para ello, tanto la inscripción de defunción, la emisión de la licencia para la inhumación o cremación, como el pase para la sepultación, deberán ser realizados preferentemente por el oficial del SRCI.
Asimismo, en caso de que se requieran pericias por parte del Servicio Médico Legal, estas deberán realizarse de manera prioritaria.
Finalmente
Cualquier persona que tenga conocimiento de un deceso que, por sus características, pudiera generar alteraciones al orden público y la seguridad, o de la realización de un funeral de riesgo, podrá denunciarlo.
Mediante una plataforma cuyos detalles técnicos serán definidos mediante convenio de colaboración suscrito entre Carabineros de Chile y el Ministerio encargado de la Seguridad Pública.
Esta, deberá garantizar la confidencialidad de la información de la denuncia.